Agencia EFE: Juncker pide tomar decisiones por mayoría en la política exterior de la UE
Enlace de la noticia: https://www.efe.com/efe/espana/portada/juncker-pide-tomar-decisiones-por-mayoria-en-la-politica-exterior-de-ue/10010-3771831.
Analizando la noticia en torno al tema que nos ocupa cabe recordar que en el artículo 24 TUE se establece que la política exterior y de seguridad común será definida y aplicada por el Consejo Europeo y el Consejo que se pronuncian por unanimidad. También hay que hacer referencia a la regla de la mayoría cualificada, que se aplica en unos casos concretos:
Analizando la noticia en torno al tema que nos ocupa cabe recordar que en el artículo 24 TUE se establece que la política exterior y de seguridad común será definida y aplicada por el Consejo Europeo y el Consejo que se pronuncian por unanimidad. También hay que hacer referencia a la regla de la mayoría cualificada, que se aplica en unos casos concretos:
-
decisiones que establezcan acciones o posiciones de la Unión
basadas en una previa decisión del Consejo Europeo relativa a intereses y
objetivos estratégicos;
-
decisión que establezca una acción o una posición de la Unión a
partir de una propuesta presentada por el AR en respuesta a una petición
especifica que el Consejo Europeo le haya dirigido, bien por iniciativa, bien
por iniciativa del Alto Representante;
-
decisiones de aplicación de acciones o posiciones de la Unión;
-
nombramiento de Representantes Especiales;
-
decisión sobre la celebración de acuerdos internacionales y de la
cooperación estructurada permanente en concreto, las previstas en lo9s
apartados 2 a 5 del artículo 46 TUE, aunque otras rigen por la unanimidad.
Lo
que el presidente de la Comisión, Jean-Claude Juncker pide es cambiar la toma
de decisiones relativas a la política exterior de la Unión Europea. También en
relación con esto, el TUE establece que no se podrá tomar decisiones por
mayoría cualificada en los casos en los que trata cuestiones de ámbito militar
o de la defensa y en los ámbitos de negociación con terceros Estados o con
organizaciones internacionales para celebrar un tratado y la conclusión del
mismo.
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